El Ministerio del Trabajo de Nicaragua anunció que a partir del 1 de enero de 2024, entró en vigor un incremento salarial del 8% para los trabajadores del Régimen de Zonas Francas a nivel nacional en todas sus empresas, incluyendo parques industriales, tabacaleras, call centers, empresas de confección, textileras, arneses, el sector agroindustrial, camaroneras y otras actividades.
Este aumento, aprobado por la Comisión Tripartita de Zona Franca, establece el salario mínimo mensual en C$ 8,746.46 (Ocho mil, setecientos cuarenta y seis córdobas, con cuarenta y seis centavos netos).
Este incremento salarial beneficiará a unos 136,600 trabajadores, como parte del compromiso del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional por garantizar condiciones laborales justas y dignas para todos los trabajadores en nuestro país.
Este esfuerzo, fruto del fortalecimiento del Diálogo Social en beneficio de los trabajadores nicaragüenses, es parte de la restitución de los derechos a un salario digno promovido por el Presidente Daniel Ortega y la Vicepresidenta Rosario Murillo.
Este aumento es un claro reflejo de la determinación del Gobierno Sandinista para mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos, reconociendo el valor y la importancia de cada trabajador en la construcción de una Nicaragua más próspera y equitativa.
Con esta medida, se fortalece no solo la economía personal de miles de nicaragüenses, sino también la economía nacional, al impulsar el poder adquisitivo y fomentar un ciclo virtuoso de crecimiento y desarrollo.
A continuación, el comunicado del Ministerio del Trabajo
Managua, 08 de enero del 2024
Para: EMPRESAS SUJETAS A REGIMEN ESPECIAL ZONAS FRANCAS
Sus manos
Estimados señores:
Por medio del presente y de conformidad al punto tercero del acuerdo Tripartito firmado el 21 de octubre del 2022, referente a la Estabilidad Laboral y Productiva para las Zonas Francas, las industrias sujetas al régimen especial de Zona Franca establecidas en el territorio nacional, deberán aplicar a partir del 01 de enero del año dos mil veinticuatro (2024), un incremento del 8% (ocho por ciento) al salario mínimo que perciben los trabajadores, por ello, y considerando que el salario que percibían los trabajadores en el
año dos mil veintitrés era de C$ 8,098.46 por mes, los empleadores bajo el régimen de zonas francas incrementarán el salario mínimo a sus trabajadores para el año dos mil veinticuatro a C$ 8,746.46 (ocho mil setecientos cuarenta y seis córdobas con 46/100) por mes.
Sin más a que hacer referencia, aprovecho la ocasión para saludarle.
Lic. Yanira Aburto Sánchez
Directora Judicial Ministerio del Trabajo
Directora General de Derechos Colectivos y Asesoría Laboral.