La justicia de Familia ordenó aumentar el monto de la pensión de alimentos que un ingeniero entrega a su hija, en vista que hace meses el hombre mejoró sus ingresos pero no hizo nada por corregir la subvención de la estudiante de educación media, impuesta años atrás por una autoridad judicial.
La orden judicial derivó del proceso que incluyó la audiencia de escucha a una adolescente realizada por la doctora Xiomara Rivera Zamora, a quien aquella confió su “preocupación en torno a que su padre deba o no comunicarse con su madre para coordinar los días de visita”, ya que tras un episodio de violencia, aquel no toma en cuenta a la mamá para efectos de relacionarse con ella.
Igual que el padre, la madre es profesional de la ingeniería civil y solicitó la reforma de la pensión de alimentos fijada en junio de 2019 por otro juzgado de Familia, que en ese concepto le ordenó entregar 2,336 córdobas y le advirtió que en caso de llegar a tener un empleo formal, esa suma no podría ser menor a lo establecido en el fallo judicial.
La demandante adujo que el hombre incumplió la sentencia porque no ha proveído el 25 por ciento para los gastos, pues la cuota líquida establecida por aquel juzgado ha variado, es decir, los ingresos del demandado mejoraron sin que él incorporara esa mejoría a la pensión alimenticia de la hija de ambos.
Horas antes de la audiencia inicial, los ingenieros civiles conversaron y llegaron a un acuerdo, por lo que en atención al compromiso suscrito entre las partes y por la tutela del interés superior de la adolescente, la judicial acogió el arreglo al considerar que se ajusta al ordenamiento jurídico familiar.
No obstante, advirtió al demandado que a partir de febrero deberá remitir a la madre de su hija el comprobante de pago salarial de su empleador, para efectos de comprobar el monto líquido depositado a su favor.