Una niña que a su corta edad ha destacado por su excelencia académica en el salón de clases, un día estalló en llanto incontenible y se negó a regresar a su casa, debido a que sus padres le estaban causando daño emocional al involucrarla en sus pleitos de pareja.
Los hechos se descubrieron durante un proceso judicial de Familia en el cual las acusaciones mutuas llovieron y mientras la mujer llegó a impedir que la niña se relacionara con su padre, al que acusó de maltratarla físicamente, el hombre la señaló de no cuidar a la menor y sumirla en una grave inestabilidad que la llevó a cambiar de colegio en al menos tres ocasiones.
El padre de 37 años presentó una demanda de modificación de resolución judicial sobre cuido y crianza, régimen de comunicación, visita y alimentos de menor contra su ex pareja, por lo que el juez Cuarto de Distrito de Familia, doctor José Ramón Barberena, ordenó una valoración psicosocial para los padres, una audiencia de escucha de la menor de edad y la visita al colegio para hablar con las autoridades sobre el caso.
En el primer reconocimiento judicial que realizó el juez Barberena en abril pasado en el centro de estudios, la profesora informó que si bien la niña no falla a clases y sobresale por su excelencia académica, un día empezó a mostrarse retraída, depresiva y sin apetito, por lo que en dos ocasiones fue tratada por psicólogas y hubo que hacer dinámicas para mejorar su ánimo simulándole una celebración de cumpleaños.
En un segundo reconocimiento, la directora del Centro Escolar aseguró que la consejera valoró que la niña estaba deprimida, enferma y en estado de crisis, mientras que en audiencia de escucha, la menor de edad dijo al juez Barberena que entre sus padres hay pleitos y que la mamá le dijo que la cambiaría de colegio “porque mi papá se quiere quedar conmigo”.
Según los estudios realizados, desde la separación de la pareja en 2017 se vino generando en la niña un sentimiento de ambivalencia afectiva, por cuanto presenta un “discurso descalificante hacia el padre al que acusa de ser grosero con la madre, por lo que la psicóloga Cintya Alvarado Paiz señaló que probablemente ha sido expuesta a conductas alienadoras en el entorno materno”.
La valoración señala que la mujer de 28 años influyó en la niña para formarle una percepción negativa hacia el hombre de 37 años, a lo que se sumó el distanciamiento que ella propició entre padre e hija, al limitar la relación entre ambos, lo que a juicio de la psicóloga constituye una conducta alienadora que deteriora y afecta negativamente el vínculo entre ambos.
Aunque el juez Barberena señaló que el padre y la madre son aptos para ostentar el cuido y crianza de su hija, pues se han esforzado en prodigarle las mejores condiciones respecto a techo, salud y educación, destacó que la conducta de ambos no ha sido la más idónea por involucrarla en su conflicto, razón por la que ordenó que asistan a la Escuela de Padres en Valores del Ministerio de la Familia, para que mejoren sus relaciones interpersonales y el estilo de crianza de su hija.
Al emitir su fallo, el judicial optó no modificar la sentencia que originalmente le cedió el cuido y crianza a la madre, porque la niña se siente bien tratada con ella y ya tiene su entorno estable por el tiempo transcurrido desde la última vez que la trasladaron de colegio; tampoco modificó el régimen de comunicación y visita ni el monto de la pensión de alimentos, pero reiteró que ambos deben ejercer la autoridad parental.