Por retener y ocultar a su hija de cinco años durante un mes y quince días con el apoyo de la abuela paterna, la juez Décima Cuarta de Distrito de Familia, doctora Karen Hernández, giró orden de captura, allanamiento en la casa y el trabajo de un hombre que labora en una empresa distribuidora de carne.
El demandado tiene 31 años y el 8 de julio se llevó a la niña aprovechando el régimen de comunicación y visita establecido a su favor, en una sentencia emitida por la judicial.
Sin embargo, el día que debía retornarla al hogar materno por ser la mamá quien detenta su cuido y crianza, decidió no hacerlo y más bien impidió que la menor volviera a verla, alegando que la mujer la maltrata físicamente.
La mañana del 24 de agosto, la abuelita paterna de la niña compareció con la menor de edad ante la jueza Hernández con el fin de entregarla, al tiempo que aseguraba que no sabía dónde se encontraba su hijo, a pesar de que este vive con ella en la misma casa, hasta donde la Policía llegó a buscarlo para detenerlo por el desacato cometido.
La abuela paterna de 66 años, relató a la jueza que la niña le contó a su hijo que la mamá le pegaba y la mandaba a dormir sin comer, lo que, sumado a la aparición de llagas en su boca y señales de desnutrición, provocó que el hombre decidiera no regresarla a su progenitora.
La jueza increpó a la abuela paterna porque además de negarse a recibir las notificaciones judiciales en las que se citaba a su hijo para que se presentara con la niña en el juzgado, se prestó a retenerla y esconderla a sabiendas que estaban cometiendo el delito de desacato.
Además, le advirtió que, por su proceder, al padre le abrirían un proceso en la vía penal y le explicó que si su hijo consideraba que había una situación de riesgo para la niña, lo correcto era interponer una acción judicial para proteger sus derechos en vez de esconderla de su madre.
Previo a la entrega de la niña a su mamá, la máster en psicología Silvia Taleno Oporta, realizó una evaluación ordenada por la judicial, a quien le informó que mientras estuvo retenida, la familia paterna adoptó una conducta alienadora contra la menor de edad para que rechazara a su madre.
“La separación de la niña con su madre constituye abuso emocional al no permitir la relación afectiva con su progenitora y hacer un desarraigo de manera abrupta en el contexto familiar materno que es su lugar habitual de residencia y que le brinda protección, confianza, seguridad y sentido de pertenencia”, planteó la experta.
Con la entrega de la niña a su madre, la jueza levantó la orden de captura contra el hombre; resolvió mantener vigente la orden de retención migratoria para él y la menor de edad, y cambiar el régimen de comunicación y visita que le había concedido tiempo atrás.
De esta manera, la visita del padre a la niña ya no se realizará los fines de semana en su casa, sino los miércoles por espacio de dos horas en el Tribunal de Familia y con supervisión del área de psicología.