Un importante avance en materia de derechos de los animales ha ocurrido en España, luego que el Congreso aprobó una triple reforma en donde las mascotas dejarán de tener el estatuto jurídico de «cosas» o «bienes inmuebles» y pasarán a ser considerados «seres vivos dotados de sensibilidad».
Se trata de la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, Ley Hipotecaria y Ley de Enjuiciamiento Civil, que fue aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso.
Aún falta que la iniciativa pase por el Senado, sin embargo su reciente aprobación ya ha sido considerada un triunfo, puesto que los animales se convertirán legalmente en un miembro más de la familia en determinados contextos.
Una de las cosas más relevantes, es que las mascotas pasarán a ser consideradas como un hijo en caso de divorcio.
Es decir, en los procesos de divorcio, un juez podrá determinar la custodia compartida del perro o el gato de la familia entre los dos miembros que conformaban la expareja, además de las visitas u otras medidas cautelares como la manutención.
Sumado a lo anterior, los animales no serán considerados como bienes inmuebles en los procesos de embargo o desahucio, así que no podrán ser retenidos ni separados de sus dueños.