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domingo, agosto 10, 2025

Parlamento de Nicaragua aprueba creación de Procuradoría contra la Corrupción

Por mayoría absoluta, la Asamblea Nacional aprobó este miércoles una reforma parcial a la Constitución Política de Nicaragua y la creación de la Procuraduría General de Justicia (PGJ), que actuará bajo el lema «Todos Contra la Corrupción«.

La compañera Gloria Raquel Dixon, primera secretaria de la Junta Directiva del Parlamento, destacó que este nuevo órgano judicial impulsará acciones contundentes para perseguir, procesar y castigar a quienes incurran en actos de corrupción.

La reforma, aprobada con carácter de urgencia por los 91 diputados firmantes, modificó los artículos 132, 159 y 160 de la Carta Magna.

Asimismo, la CoPresidencia de Nicaragua ha instruido a las distintas instituciones del Estado a implementar medidas firmes para enfrentar la corrupción, “venga de donde venga”.

Por su parte, el diputado Carlos Emilio López dijo que esto es parte de una campaña permanente de Estado para combatir la corrupción, que atente contra los patrimonios materiales y culturales de la nación.

Explicó que por eso se crea esta Procuraduría de Justicia, que ejercerá la función de representar los intereses del Estado y la función acusatoria en los procesos penales, para que el pueblo quede protegido contra cualquier acto ilegal.

La nueva Procuraduría General de Justicia se integrará al sistema institucional junto con la Fiscalía General de la República (FGR), la Procuraduría General de la República (PGR) y otras entidades del Estado.

La Asamblea Nacional aprobó literalmente las reformas a los artículos 159 y 160 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, cuyo texto íntegro fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 del 18 de febrero de 2025, los que se leerán así:

«Artículo 159 La Procuraduría General de Justicia, ejerce la representación legal y de defensa de los intereses Supremos del Estado y del Pueblo nicaragüense; con profundo compromiso revolucionario y patriótico, inspirada en los Principios Constitucionales de Independencia, Soberanía, Autodeterminación Nacional, Seguridad y Paz; en lucha permanente contra la Corrupción y la impunidad.

Es la instancia encargada de resguardar el Patrimonio Público y combatir con contundencia, todas las formas de despojo de las Conquistas de la Revolución; ejerciendo la función acusadora con rigurosidad y en representación de las víctimas del delito; incluyendo las que aquejan a toda la humanidad, como el lavado de activos, narcotráfico y el crimen organizado.

La Procuraduría General de Justicia, identificará, perseguirá y procesará a todo responsable de actos lesivos al Patrimonio Económico, Natural, Cultural, Material, Político y Jurídico del Pueblo Nicaragüense, que es el Estado mismo; no permitiendo de ninguna manera, el encubrimiento de intereses ajenos a nuestro Pueblo, para cometer seguir cometiendo infames actos de robo y saqueo.

Artículo 160

La o el Procurador General de Justicia será nombrado por la Presidencia de la República.

La Procuraduría General de Justicia contará con los recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo segundo: Derogación

Se derogan el literal b del numeral 8 del artículo 132 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.

Artículo tercero: Denominación

En todo el ordenamiento jurídico del país, donde se lea Procuraduría General de la República, deberá leerse Procuraduría General de Justicia.

Artículo cuarto: Publicación y Vigencia

Se mandata la publicación de esta primera aprobación en primera legislatura en La Gaceta, Diario Oficial.

Una vez sea aprobada en segunda legislatura, la presente Ley de Reforma a los Artículos 132, 159 y 160 de la Constitución Política de la República de Nicaragua entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

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