Asamblea Nacional de Nicaragua aprueba Iniciativa de Ley de Carrera Judicial

Con 91 votos a favor la Asamblea Nacional aprobó la Iniciativa de Ley de Carrera Judicial, la cual fue enviada por el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional.

La aprobación de esta Ley se hace necesaria para ajustarse a los preceptos constitucionales y disposiciones relativas al Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.

Esta ley tiene como objetivo establecer la regulación del régimen disciplinario del Sistema Judicial abarcando desde el ingreso, promoción, permisos, sanciones, suspensiones, separación de cargos hasta la destitución, así como otros aspectos relacionados con la Carrera Judicial.

También reafirma que el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial es el administrador financiero y del personal del Sistema Judicial, así como el que determina el ingreso y promoción en la Carrera Judicial.

De igual manera, se fortalecen las atribuciones de la Dirección General de Carrera y Gestión Judicial y la Dirección General de Inspección Judicial.

En sus artículos establece los requisitos de ingreso a la Carrera Judicial como son: Ser nicaragüense. Los que hubiesen adquirido otra nacionalidad, deberán haber renunciado a ella al menos 6 años antes de su ingreso; estar en pleno goce de sus derechos políticos y civiles; tener la edad requerida; tener calificación profesional requerida para el cargo con la experiencia necesaria según el cargo; no haber sido sancionado con suspensión en el ejercicio de la abogacía o del notariado; no ser militar o policía en servicio activo, ser laico y no haber violentado los principios fundamentales contemplados en la Constitución Política.

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