Las resoluciones de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, son de obligatorio cumplimiento y es un “disparate” del gobierno colombiano no acatar el fallo que emitió la máxima instancia legal de la ONU el 19 de noviembre de 2012, afirmó el doctor Mauricio Herdocia.
El especialista en temas internacionales puntualizó que la reciente resolución de la Corte de Constitucionalidad de Colombia en torno a no acatar el fallo emitido por la CIJ, el cual restituyó a Nicaragua los territorios marítimos que por décadas ocupó ilegalmente Colombia, y someterlo a un acuerdo con Managua está en contra del reglamento aprobado por la Asamblea General de la ONU.
Al respecto apuntó como antecedente de esa resolución del tribunal colombiano las declaraciones del presidente Juan Manuel Santos, quien dijo que el fallo de La Haya era inaplicable, pues hacerlo implicaría ir en contra de la Constitución y las leyes de ese país suramericano.
Estas declaraciones del presidente Santos son un eslabón más por parte de Colombia para tratar de sustraerse a la aplicación del derecho internacional, el cual está reflejado muy claramente en la Carta de las Naciones Unidas, opinó Herdocia.
Subrayó que, entre otros aspectos, la Carta de las Naciones Unidas precisa que las sentencias de la CIJ tienen que ser acatadas rigurosamente, no admiten apelación alguna y lo único que queda es ejecutarlas de manera pronta y oportuna, por lo que ningún país miembro de la ONU puede violentar este aspecto.
Agregó que las resoluciones de la CIJ son cosa juzgada, lo que significa que un tribunal nacional no puede pretender reabrir una sentencia dictada por uno internacional, porque eso significaría el fin de la comunidad internacional.
El doctor Herdocia resaltó que los tratados internacionales se deben cumplir fiel y rigurosamente y de buena fe, principio que no solamente está consagrado en la Convención de Viena sobre los tratados, sino que es parte del derecho internacional consuetudinario, por lo que la actitud del gobierno de Colombia sobre este caso es un verdadero “disparate”.
Además, expresó, nadie puede alegar una norma interna para eludir una internacional, eso está prohibido por el derecho internacional, precisamente porque éste está concebido como un instrumento jurídico para regir la conducta entre los estados a favor de la paz y el respeto mutuo.
Recordó que por el contrario a esta actitud de Colombia, el gobierno de nicaragüense ha sido flexible, porque cuando Bogotá planteó el tema de las poblaciones raizales, Managua respondió inmediatamente su disposición a dar permiso, como país soberano, para la pesca de esas en la zona asignada a Nicaragua.
Asimismo, comentó que cuando se planteó la protección del medio ambiente en la reserva en el mar de Sea Flower, Nicaragua expresó su disposición de actuar de forma conjunta, con Colombia, para protegerla, lo que demuestra que el gobierno de esta nación centroamericana siempre ha dado muestras de buena voluntad y el derecho internacional la respalda.