Gobierno sandinista anuncia exención de impuestos en artículos alusivos a La Purísima

La Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) informa a las familias nicaragüenses que del primero al 30 de diciembre 2024, se agilizarán y facilitarán los despachos de artículos alusivos a la celebración de la Purísima, mercancías distintas del equipaje y pequeños envíos familiares, sin carácter comercial para el período de fiestas de fin de año.

La Purísima en Nicaragua
La Purísima en Nicaragua

Los juguetes, golosinas, arreglos navideños, artículos religiosos, artículos que se acostumbre compartir en dichas celebraciones, y mercancías distintas del equipaje y pequeños envíos familiares sin carácter comercial, se despacharán con exención de tributos y sin restricción en cuanto a cantidad.

Estos artículos serán registrados de oficio en el área de modalidades especiales, siempre que el valor en factura del envío no exceda los 500 dólares o su equivalente en moneda nacional.

En el caso de mercancías distintas del equipaje que el viajero traiga consigo, este deberá acreditar haber permanecido un mínimo de setenta y dos horas fuera del territorio aduanero.

Para el despacho de pequeños envíos familiares sin carácter comercial, el consignatario deberá corresponder a una persona natural.

En ambos casos, el viajero o el consignatario, deberán acreditar no haber gozado del beneficio de la exención de tributos durante los últimos seis (6) meses anteriores al arribo de las mercancías.

El valor en factura supera los 500 dólares o su equivalente en córdobas, pero inferior a los 2 mil dólares, estas declaraciones no estarán sujetas al cobro de retención del Impuesto sobre la Renta (IR) y comercialización del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Para las mercancías distintas del equipaje del viajero, el despacho se efectuará mediante el registro en el área de modalidades especiales, aplicando el factor del 25%.

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