“A partir del 7 de abril, en los procesos de familia habrá mayor agilidad, y las técnicas jurídicas serán flexibles, ya no se exigirá papel sellado y los juicios serán orales”, dijo el doctor Barberena.
El judicial abordó el tema de las demandas por pensión alimenticia y detalló que un cambio relevante en esos procesos, es que el demandado o demandada deberá declarar sobre lo que ha recibido en los tres últimos años.
“El demandado tendrá que informar sobre su sueldo y bienes durante ese periodo, pues eso nos permitirá a los jueces establecer una pensión provisional, mientras se define el monto definitivo”, explicó el judicial.
Agregó que con el nuevo Código de la Familia habrá mayor amplitud en atención a los casos, ya que en los procesos familiares los jueces locales también serán competentes.