El Ministerio del Trabajo de Nicaragua decretó hoy que el próximo primero de mayo, Día Internacional de los Trabajadores, es Feriado Nacional Obligatorio con derecho a descanso y salario para todos los obreros del país.
Así mismo aclaró que para esta medida se exceptúan los trabajos que por su naturaleza no pueden ser interrumpidos o que afecten las actividades económicas, sociales y de seguridad de Nicaragua.
A continuación el comunicado íntegro del MITRAB
La Ministra del Trabajo en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290, «Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo» y la Ley No. 185 «Código del Trabajo», en sus artículos 66 y 264, inciso d.
HACE SABER
A todos los empleadores y trabajadores del país lo siguiente:
PRIMERO:
Que el día viernes primero de mayo del presente año se celebra el Día Internacional de los Trabajadores, fecha de gran trascendencia que sintetiza la lucha por las reivindicaciones de las familias trabajadoras en todo el mundo.
Por ello, este día es FERIADO NACIONAL OBLIGATORIO CON DERECHO A DESCANSO Y SALARIO para todos los trabajadores del país, al tenor de lo expuesto en el artículo 66 del Código del Trabajo.
SEGUNDO:
Se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.
Dado en la Ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil veinte.
Alba Luz Torres Briones
Ministra del Trabajo