1 de Mayo es Feriado Nacional con goce de Salario

El Ministerio de Trabajo (MITRAB) envió un comunicado sobre las disposiciones oficiales sobre el primero de mayo, el Día Internacional de los Trabajadores.

A continuación el comunicado íntegro:

La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290, «Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo» y Ley No. 185 «Código del Trabajo», en sus artículos 66 y 264, inciso d), HACE SABER a todos los empleadores y trabajadores del país lo siguiente:  

PRIMERO: Que el día lunes primero de mayo del presente año, se celebra el Día Internacional de los Trabajadores, fecha de gran trascendencia histórica para el movimiento obrero, que sintetiza la lucha por las reivindicaciones de la clase trabajadora.  

Por ello, este día es FERIADO NACIONAL OBLIGATORIO CON DERECHO A DESCANSO Y SALARIO, para todos los trabajadores del país, al tenor de lo dispuesto en el artículo 66 del Código del Trabajo.  

SEGUNDO: Se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del país.  

Dado en la ciudad de Managua, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil diecisiete.  

Alba Luz Torres Briones

Ministra del Trabajo

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