Nicaragua luchará firmemente contra el lavado de dinero y el terrorismo

El Estado de Nicaragua continúa desarrollando sus políticas de lucha contra la delincuencia organizada y su financiamiento a través del constante fortalecimiento de su marco jurídico y la actuación de sus instituciones en la lucha contra estos delitos, dentro del marco constitucional.

Nicaragua cuenta con una Política Nacional de Seguridad Soberana y la Estrategia Nacional Contra el Crimen Organizado, las cuales se relacionan con los Ejes del Programa Nacional de Desarrollo Humano 2018-2021, impulsado por el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional (GRUN).

En la lucha contra el Crimen Organizado, Nicaragua desarrolla como política de Estado la Estrategia del Muro de Contención teniendo como principal objetivo no permitir el ingreso y circulación de drogas, incautación de activos proveniente de actividades ilícitas, o el establecimiento de organizaciones del crimen organizado por nuestro territorio nacional; contribuyendo también con el combate internacional a la narcoactividad y por la seguridad regional.

Asimismo, Nicaragua ha fortalecido su marco jurídico-legal para la prevención y enfrentamiento del lavado de activos, financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva, en cooperación y coordinación con la comunidad internacional; contribuyendo de esa manera a los esfuerzos que se realizan en el ámbito regional, hemisférico y global.

Este esfuerzo es desarrollado desde el Sistema Nacional de Seguridad Soberana, conformado por las instituciones del Estado de Nicaragua establecidas en la Ley No. 919, Ley de Seguridad Soberana.

MARCO JURÍDICO

En 1994 la República de Nicaragua aprobó la Ley No. 177 “Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Otras Sustancias Controladas”, posteriormente reformada y adicionada en 1999 por la Ley No. 285 “Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Otras Sustancias Controladas; Lavado de Dinero y Activos provenientes de actividades ilícitas”.

Mediante las citadas normas jurídicas, el Estado de Nicaragua penalizó el “lavado de dinero” derivado de las actividades ilícitas relacionadas con la producción, tráfico y comercialización de las drogas y lavado de activos provenientes de otras actividades ilícitas.

Estas normas concordaban con el concierto internacional manifestado en la Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988.

También se debe mencionar la actualización del Código Penal en el año 2008 con el tipo “lavado de dinero y/o activos”. Asimismo, la aprobación en el año 2010 de la Ley No. 735 “Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados”.

En junio de 2012, Nicaragua aprobó la Ley No. 793, “Ley Creadora de la Unidad de Análisis Financiero” (UAF), publicada en La Gaceta No. 117, del 22 de junio de 2012.

Nicaragua aprobó en este año 2018, las leyes siguientes: Ley 976 “Ley de la Unidad de Análisis Financiero” y Ley 977 “Ley contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”, (LA/FT/FP), publicadas en la Gaceta No. 138 del 20 de julio de 2018. Así como los reglamentos de ambas leyes, mediante los Decretos 14-2018 y 15-2018, respectivamente, publicados en la Gaceta No. 190 del 3 de octubre de 2018.

GARANTIZANDO UNA ECONOMÍA SANA Y SEGURA

La Unidad de Análisis Financiero (UAF) mediante el análisis e inteligencia financiera, interactúa con instituciones públicas y privadas, garantizando la confidencialidad, para proteger la economía nicaragüense y la integridad de la Nación, a favor de un desarrollo sano que contribuya al bienestar de tod@s l@s nicaragüenses.

Con la aprobación de la Ley No. 976, “Ley de la Unidad de Análisis Financiero”, Nicaragua logró fortalecer la organización, atribuciones, facultades y funcionamiento de la UAF.

La Ley No. 977, “Ley contra el Lavado de Activos el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva”, tiene por objeto proteger la economía nacional y la integridad del sistema financiero de los riesgos asociados a estos delitos y cooperando con la paz y la estabilidad regional.

Mediante esta ley, se estableció la Comisión Nacional del Sistema Nacional Anti-Lavado de Activos y Contra el Financiamiento al Terrorismo y Contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (ALA/CFT/CFP), integrada con representantes permanentes y enlaces técnicos designados de las siguientes instituciones: Poder Judicial, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Procuraduría General de la República, Ministerio Público, Policía Nacional, Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, Unidad de Análisis Financiero y la Comisión Nacional de Microfinanzas.

Con esta nueva ley, se fortalece el sistema financiero nacional y la economía en general, frente a las amenazas internas y externas del lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, facilitando a las autoridades públicas cumplir sus mecanismos de protección y seguridad contra la delincuencia organizada.

Con la aprobación de esta Ley No. 977, Nicaragua logró establecer mecanismos basados en un enfoque de riesgo para promover y fortalecer la prevención, investigación, persecución y sanción del LA/FT/FP.

La legislación nacional se ha fortalecido al implementar las medidas financieras adoptadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales de las que Nicaragua forma parte, en relación con el FT/FP, las cuales vienen a fortalecer las facultades de las autoridades nacionales para combatir y disminuir la capacidad económica y operativa de las organizaciones delictivas nacionales y/o transnacionales.

LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y EL LAVADO DE ACTIVOS PROVENIENTES DE ACTIVIDADES ILÍCITAS

La Unidad de Análisis Financiero (UAF), al 28 de septiembre de este año, ha recibido y procesado 172 Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) y se han remitido a las autoridades competentes 54 Reportes Técnicos Conclusivos (RTC).

La Policía Nacional en el 2018 ha investigado y enviado al Ministerio Público 12 casos de Lavado de Dinero (LD), de estos, en 11 casos se ha ejercido la acción penal en contra de 26 personas. En el Poder Judicial, en este año, se han dictado 3 sentencias condenatorias por lavado de dinero.

El Estado y el Gobierno de Nicaragua a través de las instituciones encargadas de la persecución de los delitos del crimen organizado, tráfico internacional y tráfico interno de drogas ha desarrollado 4,412 operaciones:

Como resultado de estas operaciones contra el tráfico de drogas, el Estado de Nicaragua, incautó 2,412.26 kilogramos de cocaína, 3.07 kilogramos de Crack, 1,582.80 kilogramos de Marihuana. Asimismo, se incautaron 36,821 plantas de Marihuana. Se detuvieron a 2,305 personas, 2,039 masculinos y 266 femeninas. De los 2,305 detenidos, 24 son extranjeros siendo 20 masculinos y 04 femeninas; 2,281 son nacionales.

En el período de enero a agosto del año en curso, se acusaron ante los tribunales a 1138 personas relacionadas con el narcotráfico. En este período se condenó a 693 personas.

CONCLUSIÓN

El Estado cuenta con un marco jurídico sólido y una institucionalidad eficiente que está comprometida en la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de estos delitos que afectan la estabilidad, seguridad, economía y paz de la nación, de la región y la comunidad internacional.

El Estado y Gobierno de Nicaragua, desde su Programa Nacional de Desarrollo Humano 2018-2021 y la ejecución de su Estrategia de Muro de Contención contra el Crimen Organizado, realiza esfuerzos permanentes en la lucha contra el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, y otras manifestaciones del crimen organizado.

El Estado y el Gobierno de Nicaragua continúan articulando sus esfuerzos en la lucha contra estos ilícitos, fortaleciendo la seguridad, y la estabilidad económica que incentive la inversión nacional y extranjera en beneficio del bien común.

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