Las reformas a la Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito que entró en vigor en abril del año pasado manda sancionar y juzgar a una persona que maneje con más de 2 grados de alcohol en la sangre y a los que participen en carreras ilegales, entre otros.
Los que conduzcan en estado de ebriedad extremo, tendrán que enfrentar cargos por exposición de personas al peligro y serán castigados con penas de 6 meses a un año de cárcel.
El Código Penal de Nicaragua recoge esa nueva figura jurídica de conducción temeraria, pero hay que establecer los procedimientos correctos para poder acusar y es lo que en estos momentos se coordina con la Fiscalía.