El Tribunal de Apelaciones de León restituyó los derechos de una mujer y de su hija, ambas originarias del municipio de Nagarote, cuyo ex esposo pretendía arrebatarles el medio de trabajo que utilizaban para sobrevivir.
El hombre interpuso en noviembre del 2018 una demanda de Disolución de Vínculo Matrimonial por Voluntad de una de las Partes, proponiendo cinco mil córdobas como pensión alimenticia para su hija, pero con la condición de que su ex pareja le entregara una máquina de bordado industrial, que ella utilizaba para elaborar mochilas.
La señora se opuso a la pretensión, alegando que la máquina, vivienda y artículos del hogar, fueron adquiridos durante los seis años de noviazgo y 10 de matrimonio.
Inicialmente, la autoridad judicial de primera instancia disolvió el vínculo matrimonial, decretó la pensión alimenticia por la suma de 3,750 córdobas, otorgó el cuido y crianza a la madre y ordenó la devolución de la máquina al demandante.
Ante la decisión judicial, la demandada acudió a la Defensoría Pública de León para que le ayudaran a apelar de la sentencia, tras lo cual el Tribunal de Alzada dio lugar al recurso reformando la decisión anterior en lo referido a los alimentos de la niña, estableciendo la suma de cinco mil córdobas mensuales y ordenando la devolución de la máquina de bordado a la señora.
“Logramos revertir la sentencia de primera instancia, en los puntos que la demandada consideraba injustos. La sentencia del Tribunal de Apelaciones de León se fundamenta en el interés superior de la niña y protege de las formas de discriminación, violencia patrimonial y económica contra la mujer”, dijo la defensora pública, licenciada Lissette María Macías Molina.
Agregó “la resolución también asegura las condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, logramos obtener una sentencia con perspectiva de género, restituyéndole los derechos a la madre y a su hija”.