Los argumentos que un hombre esgrimió para que la justicia de Familia le quitara el cuido y crianza de su hija a la madre y se la entregara a él, se hicieron añicos cuando una jueza de Familia, primero, y el Tribunal de Apelaciones después, no dieron lugar a su demanda.
Por último, la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente el recurso de casación porque a última hora el demandante ni siquiera llegó a ampliarlo como manda la ley.
De esta manera, las máximas autoridades del Poder Judicial confirmaron el fallo que la jueza Marlene de Fátima Zamora Zepeda dictó en febrero del año 2019, cuando declaró sin lugar la demanda que M.J.M. interpuso contra la madre de la niña de seis años, acusándola de mantenerla en un ambiente insalubre, maltratarla y provocarle un estado de desnutrición.
Bajo la figura de modificación de cuido y crianza, régimen de comunicación y visita y alimentos, el hombre pretendía que la judicial cambiara a su favor la sentencia que en 2017 dictó el juez Egberto Ramos, quien en esa oportunidad le concedió el cuido y crianza a S.C.A.R, una joven de 30 años que los fines de semana estudiaba inglés.
Según el estudio social realizado en el vecindario, el demandante tiene muy mala reputación; aun así recurrió al Tribunal de Apelaciones, alegando que la judicial se parcializó a favor de la demandada porque solo acogió los informes técnicos en los que él salió mal evaluado y lo dejó en “indefensión total” porque no escuchó a los testigos que él presentó.
Para demostrar que era un padre amoroso y responsable, durante el juicio de primera instancia el demandante presentó a la jueza Zamora Zepeda la factura de compra de unos patines que presuntamente le dio a la niña, pero nunca negó los señalamientos de la demandada, que le reclamaba 23 mil córdobas en concepto de pensión de alimentos ordenados antes por el juez Ramos.
Por petición del demandante, la doctora Zamora Zepeda ordenó al Instituto de Medicina Legal que examinara a la niña para establecer si en verdad sufría desnutrición, como él aseguró, así como un estudio psicosocial para establecer las condiciones del entorno materno y paterno.
Los informes clínicos y psicosociales fueron contundentes. Determinaron que la niña tiene un estado nutricional adecuado a su edad; que recibe atención, protección y amor de su progenitora y resto de familia materna, mientras que el demandante tiene una personalidad paranoide, toma licor y se ha visto envuelto en varios incidentes violentos.
Para mejor proveer, el Tribunal de Apelaciones ordenó un nuevo estudio social para establecer las condiciones en que la niña vive con la mamá y las del papá, encontrando que éste último ni siquiera tiene un domicilio estable, y distintas personas lo conocen como una persona problemática, inestable y que consume licor con frecuencia.