La Corte Suprema de Justicia informó este miércoles que los juzgados locales podrán judicializar los casos de violencia hacia la mujer, conforme a la ley 779, para que las víctimas no tengan que viajar hasta las cabeceras departamentales en busca de justicia.
De acuerdo a una circular de la Corte Suprema de Justicia, en los juzgados locales se conocerán y procesarán las causas que tengan que ver con incumplimiento de la pensión alimenticia, intimidación o amenazas contra la mujer.
“Habilitar a los juzgados locales, penales y juzgados únicos del país, para conocer, tramitar y resolver con su respectiva sentencia, las causas relacionadas con los delitos: incumplimiento de deberes alimentarios o intimidación o amenaza contra la mujer, tipificado en la ley 779 y 846, iniciando en la circunscripción norte y central, aplicándose posteriormente a nivel nacional”, refiere el acuerdo divulgado por el Poder Judicial.
Ante dicha iniciativa, la Corte Suprema de Justicia realizó un proyecto piloto en los departamentos de León y Chinandega en esta materia, con resultados satisfactorios y ahora se abordarán de manera permanente en todo el país.