El juez cuarto de distrito de Familia de Managua, doctor José Ramón Barberena Ramírez, aseguró que las parejas desquitan sus resentimientos haciendo con las resoluciones judiciales “lo que les da la gana”.
El doctor Barberena dijo que ha identificado que la tendencia es que las ejecuciones de sentencia por incumplimiento de la pensión de alimentos las interponen las mujeres contra el progenitor, en tanto las de comunicación y visita las presentan los hombres contra la madre de sus hijos, porque es la forma que estas encuentran de desquitarse la supuesta falta de cumplimiento del padre.
Explicó que este tipo de comportamientos lesiona el interés superior de los hijos y transgreden el Código de Familia, por cuanto los artículos relativos a las relaciones afectivas y el trato personal al hijo y la hija, establecen que aunque no convivan con éstos, el padre o la madre deberán mantener con él o ella las relaciones afectivas y el trato personal que favorezca su desarrollo integral; y quien tenga la autoridad parental, no podrá impedir tales relaciones.
Además, consignan que las hijas o hijos que no vivan con su padre o madre tendrán derecho como mínimo a relacionarse con sus progenitores un fin de semana cada quince días y durante las vacaciones escolares, de navidad y fin de año, de forma equitativa entre el padre y la madre, salvo que sea contrario al principio del interés superior de aquellos.
Por otra parte explicó que las demandas de ejecuciones de sentencia radicadas en una sede penal como los juzgados de Violencia, son para averiguar un delito como el incumplimiento de deberes alimentarios, en el que el punto de referencia es el acuerdo no cumplido o la sentencia dictada.
En tanto, en la vía judicial de Familia, también se ejecutan las sentencias que tienen que ver con lo patrimonial, las obligaciones financieras, pues la parte ejecutante lo que busca es que el demandado pague la pensión, razón por la cual, en su experiencia, a él le ha correspondido subastar propiedades en al menos tres ocasiones.