La doctora Clara Cruz Castillo, directora del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Managua, explicó el trámite y los requisitos para comprar e inscribir de manera correcta una propiedad inmueble, y no caer en errores que muchos cometen por falta de conocimiento.
Para empezar, la doctora Cruz Castillo precisó que “Una casa, terreno, predio, lote, parcela, apartamento, quinta, hacienda o finca es lo que comúnmente se conoce como propiedad inmueble”.
La registradora titular recomendó que antes de comprar una propiedad, el adquirente debe solicitar en el Registro Público un Certificado Relacionado de Propiedad”, con el cual podrá conocer el historial registral del inmueble.
Ese documento contiene nombre del último propietario, ubicación del área, número de la finca, número catastral y un resumen de las anotaciones, cargas, gravámenes y marginales vigentes de la propiedad.
«Con el Certificado Relacionado el comprador se asegura que el vendedor es el titular del dominio, además de saber si la propiedad está libre de gravámenes, que evita cualquier fraude o pérdida para el adquirente», explicó la doctora Cruz Castillo.
Para realizar ese trámite en el Registro Público de la Propiedad Inmueble –precisó la funcionaria–, el comprador necesitará un poder otorgado por el vendedor, según Circular emitida por la Comisión Especial de Registros sobre la Publicidad e Inmovilización Registral, que protege los derechos de propietarios de bienes inscritos.
Los requisitos para inscribir son: Plano Topográfico y Certificado Catastral autorizado y aprobado por Catastro Físico; Solvencia Municipal (Impuesto de Bien Inmueble) que se solicita en la Alcaldía Municipal correspondiente; Certificado de Avalúo Catastral y comprobante de pago del Impuesto de Transmisión de Bien Inmueble, emitido por la Dirección General de Ingresos.
Con esos documentos, el nuevo propietario se presenta en el Registro Público para cotizar y luego pagar su derecho de inscripción y publicidad.
«La seguridad jurídica es uno de los beneficios que cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera adquiere al inscribir una propiedad inmueble», explicó la doctora Cruz Castillo.
La funcionaria precisó que » al inscribir la propiedad, el comprador publicita su condición de actual propietario, evitando que se inscriban embargos, anotaciones, cargas o hipotecas relacionados con el anterior dueño.
Asimismo “facilita el acceso al crédito y disminuye el costo del mismo al quedar respaldado con una garantía hipotecaria».