Corte Suprema de Justicia llama a Licenciados en Derecho a evitar el fraude académico

El magistrado de la Corte Suprema de Justicia, doctor Armando Juárez López, exhortó a los nuevos licenciados en Derecho a “evitar el fraude académico en las facultades de Derecho, que se produce cuando se falta a la verdad, al no cumplir con los requisitos que exige la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley del Notariado”.

“Además se debe cumplir con el Acuerdo número 264 del Consejo Nacional de Administración y de Carrera Judicial, el cual estableció que las solicitudes de incorporación sin demostrar el título de bachiller antes de ingresar a la universidad, no serán incorporados al máximo tribunal de justicia”, afirmó, al tomar la promesa de ley a 87 testigos de 29 licenciados en Derecho.

Asimismo, el doctor Juárez López exhortó a los testigos “a asumir la responsabilidad moral y personal”, al dar fe pública de los 29 licenciados en Derecho incorporados ante la Corte Suprema de Justicia como abogados.

“Para tener derecho a optar al título de Abogado y Notario Público, los egresados de las facultades de Derecho de las distintas universidades del país, deben hacer un trámite ante la Corte Suprema de Justicia, dónde primero se les autoriza el título de abogado y posteriormente el de notario”, explicó el funcionario.

El magistrado miembro de las salas constitucional y penal de la CSJ, expresó que “para tramitar el título de Notarios, se requiere de tres testigos que den fe que él egresado o la egresada de la universidad sea una persona, honesta, honrada, idónea y responsable”.

Agregó que “deben reunir cualidades excepcionales, no sólo haber cumplido un pensum académico, sino que reúna cualidades excepcionales cómo persona, entre ella de buenos principios morales”.

El alto cargo de la CSJ, dijo que “las personas escogidas para tal fin, deben testificar que ésta persona con su idoneidad va a cumplir con la Constitución Política y las leyes del país, ejercer correctamente su trabajo de Abogado y Notario Público, ante sus clientes y la sociedad nicaragüense en el ejercicio de su profesión”.

“De lo contrario, estaríamos ante una falsedad de la declaración de testigos que constituye en sí, una falta y el delito de falso testimonio”, enfatizó el doctor Juárez López.

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