Un hombre que separó a su pareja del bebé que engendraron fracasó en su intento de que un juez le concediera la responsabilidad total de la criatura; y por el contrario quedó como mentiroso e inmaduro por permitir que su familia «metiera la cuchara» en su relación, al punto de propiciar la separación.
Los hechos los conoció el juez Quinto de Distrito de Familia de Managua, doctor Diego Manuel Arana Castillo, quien al valorar las pruebas aportadas por las partes en el proceso, estableció que no existen causales que atribuyan falta de idoneidad a la madre para seguir ejerciendo el cuido y crianza, restituyéndosele ese derecho.
Ante el juez, el demandante aseguró que al mes del nacimiento del bebé su pareja abandonó el hogar llevándose sus enseres y hasta la cama en que dormía, por lo que el niño quedó a su cuidado y el de la abuela paterna “sin que en todo este tiempo la demandada se haya preocupado por su alimentación”.
Lo que el demandante omitió fueron hechos protagonizados por él y su familia contra su pareja quien demostró al juez que el conflicto devino de problemas de comunicación, en especial del sujeto, lo que permitió que su familia se involucrara en su relación de pareja, haciendo la relación disfuncional y hostil hasta llegar a la separación.
La demandada explicó que tuvo un fuerte altercado con el demandante, que motivó que éste la corriera de la casa, obligándola –con ayuda de su madre y de una prima– a abandonar el hogar dejando al bebé. «Desde ese día comenzó el calvario por recuperar a su hijo, acudiendo a diferentes instituciones sin obtener a lo inmediato una respuesta positiva», consigna la sentencia.
Entre las pruebas que la joven de 25 años aportó para demoler las acusaciones que le hizo el padre de su hijo, está una grabación en la que se escucha que ella le reclama por no permitirle ver a su hijo y se escuchan las ofensas y agresión presuntamente de Johana González, prima del demandante.
Del análisis de las pruebas, el juez estableció que es la demandada quien ha sufrido violencia de parte de su pareja porque además de correrla de la casa le bloqueó todo acercamiento con el bebé, a pesar de lo cual ella insistió en recuperarlo a través de distintas instancias.
Al fundamentar su decisión, de restituirle sus derechos a la madre, el juez Arana Castillo advirtió que debe atenderse el interés superior del niño, quien no es el objeto de la pretensión, sino el sujeto de derechos especiales que deben ser salvaguardados de manera prioritaria.
Agregó que ese interés que sólo se contempla cuando ambos padres están junto al niño, debe continuar garantizándose aun cuando ya no convivan, mediante el contacto permanente de éste con sus progenitores para brindarle un modelo de organización familiar, que se asemeje al de la familia intacta.
No existiendo causales que establezcan la falta de idoneidad de la madre, debe restituírsele a ésta el cuido y crianza de su hijo en tanto no existan justas causas que motiven una decisión en sentido contrario y establecer en favor del padre un régimen de comunicación y visita en fines de semana alternos, desde el viernes por la tarde hasta el domingo a las seis de la tarde, ordenó el judicial.