Los diputados de la Asamblea Nacional trabajan en la reforma del Código Penal para la aplicación de la Cadena Perpetua, después de reformar el artículo 37 de la Constitución, y anexar la nueva figura jurídica para poner tras las rejas de manera permanente a quienes cometan crímenes de odio en contra de las familias.
La parlamentaria María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional, detalló que previo a la reforma del Código Penal se debía reformar la Constitución, como mandata la Ley Orgánica de la Asamblea y la misma Carta Magna.
Explicó que el artículo 37 de la Constitución establece que las penas no trascienden a terceros, que la pena máxima de Nicaragua es de 30 años, y con la reforma, se le agregó un párrafo, que refiere que a los que cometan crímenes de odio y degradantes en humanos, se les establecerá la prisión perpetua.
La aplicación de la Cadena Perpetua se aplicará de manera excepcional o sea que no será para todos los delitos ni para todo el mundo, sino que será aplicable en aquellos crímenes que de manera específica lo ameriten.
La Cadena Perpetua también será revisable en algunos casos ya una vez que el condenado haya cumplido los 30 años, o cuando la persona haya cumplido determinados años, de acuerdo al comportamiento del reo.
Con el siguiente paso que es la reforma al Código Penal, se definirá qué es un crimen de odio, en qué caso se va aplicar la Cadena Perpetua, cómo, dónde y a quiénes, precisó María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional.
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