Policía Nacional dicta prohibiciones y recomendaciones para Semana Santa

A continuación el comunicado íntegro emitido por la Policía Nacional de Nicaragua.

COMUNICADO No. 01-2016

La Policía Nacional, conforme a las facultades que le confiere el Artículo 97 de la Constitución Política de Nicaragua, Ley No. 872, Ley No. 431, y Ley No. 510, hace del conocimiento las prohibiciones y recomendaciones policiales para el aseguramiento del «PLAN SEMANA SANTA 2016», a partir del día sábado 19 hasta el domingo 27 de marzo del año 2016, con la finalidad de que las familias nicaragüenses y ciudadanos de otros países que nos visitan, desarrollen sus actividades religiosas, recreativas, comerciales, deportivas, culturales y tradicionales de Semana Santa en un ambiente de paz, tranquilidad y seguridad.  

PRIMERO: PROHIBICIONES

A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA SÁBADO 19 DE MARZO A LAS 24:00 DEL DÍA DOMINGO 27 DE MARZO DEL AÑO 2016, EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL SE PROHIBE LO SIGUIENTE:

1- La portación de armas corto punzantes, portación, uso, traslado o manipulación de armas de fuego y municiones independientemente que el propietario posea licencia de portación o comercio, exceptuado a las autoridades de la Policía Nacional, Ejército de Nicaragua y Sistema Penitenciario Nacional en el ejercicio de sus funciones.  

El Personal de los Servicios de Seguridad Privada podrá portar armas de fuego únicamente en el interior de los locales bajo su resguardo. La custodia al traslado de valores será regulada por la Dirección de Seguridad Pública de la Policía Nacional.  

2- La venta y consumo de bebidas alcohólicas de todo tipo en cualquier forma de comercialización u oferta a personas menores de 18 años de edad.  

3- Circular o estacionarse con vehículos automotor en zona costera de mayor concentración de personas.  

La Policía Nacional establecerá y autorizará sitios para circulación de cuadraciclos.  

SEGUNDO: RECOMENDACIONES

  1. No conducir bajo los efectos de alcohol y tener previsto conductor designado.  
  2. Respeto a Límites de velocidad y Señales de tránsito.  
  3. Uso de Cinturón de Seguridad y Casco para conductores y pasajeros de motos.  
  4. Evitar exceso de pasajeros.
  5. Peatones, movilizarse con responsabilidad, protegiendo su vida.
  6. Revisar el estado técnico – mecánico del vehículo.
  7. Reportar emergencias al número 118 de la Policía Nacional.
  8. No dejar sola su vivienda o encomendarla a sus vecinos.  

TERCERO:

La Policía Nacional garantizara a las Familias Nicaragüenses y personas que nos visitan de otros Países la tranquilidad y la seguridad en Carreteras, Balnearios, Destinos Turísticos, Actividades Religiosas, Culturales, Deportivas, tradicionales y el normal desarrollo de las actividades de la empresa privada. Así mismo a los trabajadores por cuenta propia que se ganan la vida honradamente, el derecho a ejercer sus labores y a no ser desplazados de los espacios públicos y balnearios administrados por las Alcaldías Municipales y el INTUR.  

Dado en la ciudad de Managua, a los catorce días del mes de Marzo del año 2016.  

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HONOR, SEGURIDAD, SERVICIO

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