La Policía Nacional dio a conocer un comunicado donde reseña las principales medidas a tomar en cuenta entre el periodo del 12 al 20 de abril.
Entre las principales medidas, se encuentra la prohibición de portación de armas corto punzantes, portación, uso, traslado o manipulación de armas de fuego y municiones independientemente que el propietario posea licencia de portación o comercio, exceptuado a las autoridades de la Policía Nacional, Ejército de Nicaragua y Sistema Penitenciario Nacional en el ejercicio de sus funciones.
Las personas que ejercen funciones de vigilancia podrán portar armas siempre y cuando permanezcan dentro de los locales donde estén laborando.
También se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos automotor en zonas costeras de mayor concentración de personas. Igual no se podrá vender bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
A continuación, el comunicado íntegro de la Policía:
COMUNICADO No.02-2014
La Policía Nacional, conforme a las facultades que le confiere la Ley No. 228, Ley Orgánica de la Policía Nacional, Ley No. 431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito y Ley No. 510, Ley Especial para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros materiales relacionados, hace del conocimiento a la población en general las medidas policiales para el aseguramiento del “PLAN VERANO 2014, ALEGRE, SEGURO, EN FAMILIA Y COMUNIDAD ”, comprendido a partir del día sábado 12 al domingo 20 de abril inclusive del año 2014, teniendo como objetivo que todas las familias nicaragüenses y turistas que nos visiten, puedan desarrollar sus actividades religiosas y recreativas en esta Semana Santa, en un ambienté de paz, tranquilidad y seguridad, con el fin de garantizar el orden público, la seguridad ciudadana previniendo faltas, delitos y accidentes de tránsito mediante un modelo de responsabilidad compartida.
PRIMERO: PROHIBICIONES
DESDE EL DÍA SÁBADO 12 AL DOMINGO 20 DE ABRIL INCLUSIVE DEL AÑO 2014, EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL SE PROHIBE LO SIGUIENTE:
1. La portación de armas corto punzantes, portación, uso, traslado o manipulación de armas de fuego y municiones independientemente que el propietario posea licencia de portación o comercio, exceptuado a las autoridades de la Policía Nacional, Ejército de Nicaragua y Sistema Penitenciario Nacional en el ejercicio de sus funciones.
El personal de vigilancia civil, seguridad privada individual, particular o empresas podrá portar armas de fuego solamente en el interior de los locales de resguardo. La custodia al traslado de valores será regulada por la Dirección de Seguridad Pública Nacional.
2. Circular o estacionarse con vehículos automotor en zona costera de mayor concentración de personas. La Policía Nacional establecerá sitios para circulación de cuadraciclos.
3. La venta y consumo de bebidas alcohólicas de todo tipo en cualquier forma de comercialización u oferta a personas menores de 18 años de edad.
SEGUNDO: SUSPENSIÓN DE SERVICIOS POLICIALES
Se suspende la atención de servicios policiales administrativos tales como trámites de licencias de conducir, portaciones de armas, circulaciones, certificados de conducta entre otros a partir de las 12 meridiano del día miércoles 16 de abril 2014, reanudándose la atención el lunes 21 de abril del año 2014.
TERCERO: RECOMENDACIONES
– Atender las recomendaciones que la Policía Nacional hace a través de los medios de comunicación social.
– No conducir bajo los efectos de alcohol y tener previsto conductor designado.
– Respeto: Límites de velocidad / Señales de tránsito.
– Uso de Cinturón de Seguridad y Casco para conductores y pasajeros.
– Evitar exceso de pasajeros.
– Conducción responsable, con cortesía y no temeraria.
– Peatones, movilizarse con responsabilidad, protegiendo su vida.
– Utilizar parqueos designados por los Gobiernos Municipales en los Balnearios, evitar presencia de transporte motorizado en las costas.
– Respetar la regulación a brazos de los agentes policiales, así como las señales lumínicas y sonoras de vehículos de régimen especial tales como Ambulancias, Bomberos y Policías.
– Reportar emergencias al número 118 de la Policía Nacional.
– Turistas extranjeros, en caso de emergencia utilizar la línea 101 de la Policía Turística.
Dado en la ciudad de Managua, a los 12 días del mes de abril del año 2014.
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POLICIA NACIONAL