Extranjeros podrían ser sancionados si violentan las leyes migratorias y la Constitución Política

La Dirección de Migración y extranjería, a través de la compañera Lucrecia Hernández, Directora de la Escuela Nacional de Migración, dio lectura a un comunicado a través del cual se insta a los ciudadanos de otras nacionalidades y que residen en el país a dar cumplimiento al artículo 27 de la Constitución Política y el Artículo 38 de la Ley General de Migración.

Hernández, refirió que todo extranjero que permanece en nuestro país debe respetar los estatutos y leyes que garantizan la seguridad de ellos mismos, de igual manera, deben cumplir con las exigencias.

“Queremos hacer del conocimiento de la ciudadanía en general y de los residentes en nuestro país, así como visitantes, que nuestra legislación y máxima carta constitucional, claramente expresa en el Artículo 27 que, en Nicaragua, los ciudadanos de otras nacionalidades tienen los mismos derechos y obligaciones que los nicaragüenses, haciendo una excepción clara que refiere a que ningún extranjero podrá intervenir en asuntos políticos del país”, señaló.

Así mismo, la funcionaria se refirió a las sanciones que pueden enfrentar los extranjeros que infrinjan lo establecido en la constitución política y la legislación migratoria.

“Nuestra legislación migratoria que se desprende de la Constitución Política, establece en el Artículo 11 la garantía de los derechos constitucionales que tienen los ciudadanos de otras nacionalidades, en base a eso, nuestra Legislación Migratoria Ley 761, establece en su Artículo 38 diversas causales que pueden ser motivo para revocar el permiso de estadía de un ciudadano de otra nacionalidad en el país, entre ellas, participar en las políticas nacionales y alterar el orden público y la tranquilidad de las familias, pudiendo ser causal de deportación o expulsión”, subrayó.

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