Compañera Rosario Murillo da a conocer Decreto de Emergencia Nacional

La Compañera Rosario Murillo, Coordinadora del Consejo de Comunicación y Ciudadanía, manifestó que este jueves fue un día en que Nicaragua desplegó toda su experiencia en el enfrentamiento a las amenazas múltiples, al asumir el reto del huracán Otto y el fuerte terremoto del medio día.

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Rosario enfatizó que hay que seguir aprendiendo a enfrentar todos los desafíos de la naturaleza, ya que estos son cada vez de mayor intensidad y con más frecuencia.

“Las familias en Nicaragua hemos aprendido a través de estos ejercicios a movilizarnos hacia los lugares seguros, y eso es fundamental. Hemos pasado un día, una jornada intensa y hasta el momento, gracias a Dios, no contabilizamos pérdidas de vidas humanas, afectaciones a la vida como consecuencia directa del huracán o del sismo”, expresó.

La Compañera Rosario lamentó, no obstante, el fallecimiento de Juana Petrona García, de 57 años de edad, originaria de San Juan del Sur, quien falleció como consecuencia de un infarto debido al temor producido por el terremoto y la alerta de tsunami que éste generó.

La Compañera Rosario dijo que en este planeta, agredido por los seres humanos, toca estar enfrentados todos los días a múltiples amenazas.

En este sentido, destacó el carácter de multiamenazas de los ejercicios de protección que se realizan periódicamente en el país.

Rosario saludó a todos los equipos de trabajo del Gobierno Sandinista, en especial a secretarios políticos, alcaldes y vicealcaldes en cada uno de los municipios donde hubo alerta roja, quienes se han puesto al frente de una jornada de múltiples amenazas evacuando a las familias para proteger la vida.

Evacuaciones a causa de Otto

Al respecto, dio a conocer las acciones emprendidas como consecuencia del paso del huracán. En el caso del Caribe Sur, 2 mil 420 personas (484 familias) fueron evacuadas hacia albergues. De estas, en Bluefields quedan albergadas aún 1 mil 98, mientras que el resto ya regresaron a sus viviendas, pues eran originarias de la ciudad.

En Corn Island fueron evacuadas 1 mil 160 pobladoras hacia 11 refugios.

En Laguna de Perlas, por su parte, 375 personas (75 familias) fueron ubicadas en 2 refugios.

En El Castillo se reportan 43 árboles caídos, 48 casas afectadas, y 741 personas evacuadas a 18 albergues.

En el caso de San Juan de Nicaragua, se evacuaron a 794 personas (159 familias) hacia 12 refugios. Rosario detalló que ahí fueron las mayores afectaciones, ya que el huracán pasó muy cerca. Se habla de caídas de árboles, techos arrancados y pérdida de las telecomunicaciones.

En Cárdenas fueron albergadas en 6 refugios unas 600 personas, y en Altagracia 150 personas en 2 refugios.

Por su parte, en San Carlos fueron albergadas en 27 refugios 754 personas.

En Zelaya Central 1 mil 112 personas fueron trasladas a albergues en Nueva Guinea, Muelle de Los Bueyes y El Rama.

Hemos sido protegidos por Dios

Rosario dijo que este fue un día en que se vio fortalecido el carácter nicaragüense y la fortaleza espiritual, en donde también se ha desplegado “toda la experiencia de nuestro Comandante Daniel, de nuestro Gobierno en la atención a estos momentos de crisis, priorizando la vida”.

“Creo que nos ha ido bien gracias a Dios. Hemos sido protegidos por eso nosotros siempre decimos que estamos protegidos, bendecidos y en victorias. Creo que nos ha ido bien porque no hemos tenidos pérdidas hasta el momento, salvo la compañera Juana de San Juan del Sur, Juana García, muerta la pobre compañera, fallecida por infarto ante la alerta de tsunami. No tenemos otras víctimas que lamentar”, señaló la Compañera, enviando sus muestras de solidaridad a la familia de García.

La Compañera dio a conocer igualmente el Decreto de Emergencia Nacional dictado por el Presidente de la República, Comandante Daniel Ortega Saavedra:

DECRETO DE ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL

El Presidente de la República, José Daniel Ortega Saavedra,

CONSIDERANDO :

1. Que desde el día Lunes 21 de Noviembre del corriente Año, un Fenómeno Meteorológico de gran intensidad conocido primero como Depresión Tropical No 16, luego como Tormenta Tropical OTTO y posteriormente como “HURACAN OTTO”, el día de hoy impactó el Litoral de la Región Autónoma del Caribe Sur al Sur de la Ciudad de Bluefields, provocando afectaciones en su llegada y posteriormente en su tránsito por el Territorio Nacional.

2. Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, a través del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastre (SINAPRED) Declaró “Alerta Verde, Amarilla y Roja” mediante los Comunicados Números UNO, DOS, TRES, CUATRO Y CINCO, del día veintiuno al veinticuatro de Noviembre del presente Año, en los cuales se establecían las Medidas a tomar por parte de las Instituciones de Gobierno, el Gobierno Regional de la Región Autónoma del Caribe Sur y los Gobiernos Municipales; con el objetivo de tomar las Medidas Preventivas, de Preparación y de Respuesta en los diferentes Municipios y Departamentos afectados.

3. Que el Artículo 23 de la Ley No. 337, “Ley Creadora del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres” y la Ley Número 44, Ley de Emergencia, prevén la Declaratoria del Estado de Emergencia Nacional en situaciones de Desastres, por el Presidente de la República.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, el Presidente de la República de Nicaragua, HA DICTADO el siguiente: DECRETO DE ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL.

Artículo 1. Se declara Estado de Emergencia Nacional.

Artículo 2. Los Ministerios de Estado y Entes Descentralizados, en el área de su competencia deberán en forma inmediata proceder a la ejecución de Programas en el Territorio Nacional en las Regiones, Departamentos y Municipios afectados por el Huracán Otto, que coadyuven a remediar los efectos negativos producidos por el colapso de la Comunicación Terrestre, la destrucción de Viviendas e Infraestructura y a la realización de Acciones dirigidas a la rehabilitación de los Servicios Básicos a la Población y las Tareas de Reconstrucción.

Artículo 3. Los Ministerios de Estado con el apoyo del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER), el Instituto Nicaragüense de la Vivienda Urbana y Rural

(INVUR), el Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal (INIFOM), el Fondo de Inversión Social de Emergencia (FISE), la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (ENACAL) y otros Órganos del Estado, con los Fondos que correspondan Conforme la Ley de Presupuesto General de la República y el apoyo que se solicite y que se logre de parte de la Comunidad Internacional, poner en práctica de inmediato, Programas, Subprogramas y Proyectos para la rehabilitación y reconstrucción de los daños ocurridos en el Territorio Nacional.

Artículo 4. Los Gobiernos Regionales y Municipales, deberán mantener activados los Comités de Prevención, Mitigación y Atención de Desastres, para mantener la Vigilancia, las Acciones coordinadas con el Gobierno

Central, a fin de seguir garantizando la adecuada atención a las personas evacuadas que se encuentran en los Albergues temporales.

Artículo 5. La CD SINAPRED, la Defensa Civil y demás Órganos Especializados, deberán continuar asegurando las Tareas de Atención, Prevención y Mitigación de Desastres a la Población afectada.

Artículo 6. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día Veinticuatro de Noviembre del Año Dos Mil Dieciséis.

El presente Decreto no suspende ninguno de los Derechos o Garantías Fundamentales de l@s Ciudadan@s nicaragüenses.

(FIRMA)

Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República de Nicaragua

(AMPLIACIÓN EN BREVE…)

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