En la víspera del Día de la Madre nicaragüense, una mujer de 41 años ingresó a la sala de audiencias número cuatro del Tribunal de Familia, cargando a su hijo de siete años a quien literalmente se comía a besos, mientras el menor se aferraba a su pecho.
Esa mañana del 29 de mayo, el juez Cuarto de Distrito de Familia, doctor José Ramón Barberena, ejecutó la sentencia que dos años atrás dictó disolviendo el matrimonio de la mujer y el padre de su hijo, a la vez que le concedía el cuido y crianza del niño a la mamá.
En el mes de abril de este año, el padre del niño llegó a buscarlo al domicilio materno y al no encontrarlo fue a la de su ex suegra donde lo halló, y sin comunicarse con la progenitora se lo llevó al hogar que formó con su nueva pareja, para luego presentar una demanda contra la madre, alegando abandono del niño.
Cuando se notificó a la afligida mujer que había una demanda en su contra, el judicial celebró una audiencia con “carácter preferente”, a la cual el hombre acudió con el niño.
“Pedimos la ejecución de la sentencia…el padre se llevó al niño y la madre estuvo sin contacto, sin su hijo por un mes”, alegó la abogada Soraida Salgado Orozco, representante legal de la progenitora que se dedica elaborar pasteles.
En respuesta, la abogada del padre del niño, Ashly Zamora Rodríguez, alegó que el menor está al cuido de la abuelita materna y no de la madre como manda la sentencia; que a su representado no le permitían llevárselo y que el menor fue quien pidió irse con el papá.
Después de examinar la sentencia del 9 de septiembre de 2021, en la que consta la homologación de los acuerdos que la entonces pareja adoptó para resolver el divorcio, incluido el cuido y crianza del niño a favor de la madre, el juez Barberena Ramírez ordenó su retorno al domicilio materno.
“De lo alegado por la parte ejecutante sobre el supuesto abandono del niño por parte de la madre, eso se discutirá en el juicio que corresponde”, indicó el judicial, en referencia a la demanda de suspensión de la autoridad parental que presentó el hombre contra la madre de su hijo.
La audiencia también sirvió para evacuar incidencias relacionadas con la entrega de los alimentos periódicos y atrasados por parte del padre, por lo que el doctor Barberena determinó que este debe cancelar la suma de 23 mil 400 córdobas por pensión de alimentos no pagados, mora y pago de vestuario.
La deuda la pagará el padre del menor en abonos de mil córdobas mensuales que serán deducidos por su empleador para ser entregados a la mujer en representación de su hijo.